El Gobierno reglamentó el uso de la Boleta Única de Papel
Los cambios en el Código Electoral Nacional comenzarán a regir a partir de las elecciones legislativas de 2025. El decreto fue publicado hoy en el Boletín Oficial.
El Poder Ejecutivo Nacional oficializó a través del Decreto 1049/2024 la regulación de la Ley No. 27.781, que establece el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) en las elecciones nacionales, con el objetivo de asegurar una mayor transparencia y equidad en el sistema electoral argentino.
La normativa incluye especificaciones técnicas sobre las dimensiones, composición gráfica y elementos de seguridad de las boletas. Por ejemplo, «las boletas que contuvieren hasta diez listas tendrán una extensión total de 25,98 centímetros» de ancho, mientras que aquellas con más de veinte listas alcanzarán los 66,62 centímetros.
Además, las boletas incluirán un «espacio destinado a la firma del Presidente de Mesa, la identificación del tipo y fecha de la elección» y estarán diseñadas de forma que «no podrá contener datos identificatorios que permitan individualizar las Boletas Únicas de Papel».
El decreto habilita el inicio de procesos licitatorios para garantizar una implementación ordenada del nuevo sistema en las próximas elecciones generales. La vigencia de esta disposición comenzará al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
En el texto, se resalta que este cambio «constituye un cambio de paradigma en materia electoral» y que la reforma permitirá desarrollar «planes para garantizar una correcta implementación de las medidas instauradas».