Raúl Jalil aspira que la oposición apoye la limitación de las reelecciones indefinidas
El proyecto ya está en la Legislatura y apunta a establecer solo dos mandatos seguidos para los cargos de gobernador y vice, senadores, diputados e intendentes, con el propósito que no estén indefinidamente en el poder.
El Gobierno envió este miércoles a la Legislatura el proyecto por el cual busca finalizar con las reelecciones indefinidas para los cargos de gobernador y vice, diputados, senadores e intendentes, punto que fue incluido en las diferentes propuestas impulsadas desde el oficialismo para una reforma de la Constitución provincial. Ya con la iniciativa presentada, el gobernador Raúl Jalil anheló que la coalición opositora la respalde, más aun porque se trata de fomentar la alternancia democrática y la propia sociedad lo solicita.
En diálogo con la prensa, el mandatario rescató que ayer tuvo ingreso a la Legislatura “lo que habíamos prometido cuando ganamos la elección del domingo 22: la reglamentación de cuatro artículos de la Constitución sobre la reelección -indefinida- de gobernador, senadores, diputados e intendentes”. En este orden de ideas, evaluó que la iniciativa “va a ser un paso muy importante”, quizás aludiendo a la posibilidad de que nazcan coincidencias con Juntos por el Cambio a fin de arribar a consensos para una modificación de la Carta Magna local. Por lo pronto, Jalil anheló “que la oposición nos acompañe” con el proyecto.
En esa conversación con la prensa se le consultó al jefe de Estado local si existe diálogo con la oposición. “El diálogo siempre existe, tenemos una agenda muy importante”, respondió. En este orden de ideas, insistió que “hoy -por ayer- dimos un gran paso en la democratización de nuestro sistema, algo que viene avanzando a nivel mundial con nuevas normas sobre lo que son las reelecciones”. “Espero que la oposición nos acompañe, es un gran paso y, aparte, es lo que la sociedad pide”, subrayó Jalil.
¿En qué consiste el proyecto? Básicamente determina que las autoridades de cuatro artículos (el 73° para Diputados, el 80° en el caso de Senadores, el 133° de la fórmula Gobernador-Vice y el 250° para las y los intendentes) de la Constitución Provincial “podrán ser reelectas” consecutivamente solo por un periodo. O sea, solo pueden ser elegidas por el voto popular por ocho años. A la vez, se establece que las personas que estuvieron en esos cargos pueden “ser reelectas nuevamente en el mismo con intervalo de un periodo”. Dicho de otra forma, un ínterin de cuatro años.
El proyecto también establece que el gobernador y vicegobernador podrán ser reelegidos o sucederse “recíprocamente por un solo periodo consecutivo”. “Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un periodo”. Es decir, la o el gobernador podrá hacer enroque con su vice en una segunda elección pero este movimiento no renovará el tiempo de espera de cuatro años tras una reelección.
Además, dentro de la iniciativa se estipula que una vez aprobada por ambas Cámaras de la Legislatura “entrará en vigencia al día siguiente de su publicación” en el Boletín Oficial. Sobre este eje incluye una disposición transitoria a fin de aclarar cómo se contarán las reelecciones: “Los mandatos en ejercicio al momento de la entrada en vigencia de la presente ley deberán ser considerados como primer periodo”. Para el caso, y a modo ilustrativo, si un legislador o intendente contabiliza dos periodos o más consecutivos, se le contabilizará como si fuese el primero.
En la fundamentación del proyecto se rescatan textualmente los cuatro artículos en cuestión para indicar que “conforme surge de la propia lectura, no se establece allí que la reelección sea indefinida o ilimitada”. En este sentido, el Gobierno remarca que “justamente el tema de las reelecciones ilimitadas es lo que viene a aclarar el proyecto de ley; Reelecciones ilimitadas que por lo menos no están permitidas ‘literalmente’ del texto constitucional”. Indican que “si el propio texto de la Constitución no establece lo ilimitado del instituto, entonces es viable aclarar que la reelección es por un período a un consecutivo, garantizando la democracia representativa”.
“En efecto, de la literalidad de las disposiciones constitucionales, la ‘reelección indefinida’ no se encuentra expresamente protegida como un derecho”, continúa la iniciativa para, en otro párrafo, remarcar que se “busca evitar que los representantes puedan estar indefinidamente en el poder, dándole sentido a la periodicidad en los mandatos y, de este modo, asegurar el pluralismo político, la alternancia y proteger el sistema de frenos y contrapesos que refuerzan la separación de poderes”.
En tanto, para el caso de las y los jefes comunales cuyos municipios no cuentan con Carta Orgánica, rescatan el artículo 36º de la Ley Orgánica Municipal, que establece que “el intendente solo podrá ser reelecto por un periodo inmediato y para ser reelegido nuevamente deberá pasar un lapso de cuatro años”.