¿Porqué debemos reconocer que Tinogasta fue Fundada el 14 de Agosto de 1.713?
Aquí, datos que te pueden aclarar las dudas.
El pasado 14 de Agosto del 2024, Tinogasta cumplió 311 de la Fundación (¿de la Ciudad?), en la cual mediante diferentes actos programados por el municipio, a través de las diferentes áreas, organizan actividades diversas. Hasta los residentes tinogasteños en otras ciudades de la Provincias del País, en las cuales formaron un Centro común, como el de Caleta Olivia en Santa Cruz, se reunieron para celebrar igualmente o casi, como si estuviesen en la tierra que los vio nacer.
El hecho es que me atreví a dar mi parecer en cuanto a una discusión que se vino dando estos últimos años, sobre si es Fundación o Demarcación, porque también cumplo mi tarea en otro medio masivo de comunicación como es la Radio (La T 97.9 Mhz), y este tema lo abordé leyendo parte de los artículos referidos al tema, extraídos del libro que un ex Intendente reconocido por su gestión municipal entre 1991/1995, escribió titulado “Reflexiones Referentes a La Fundación de Tinogasta 14 de Agosto de 1713”, publicado en Enero del 2020.
Me refiero al Profesor Héctor Hugo Rodríguez (fallecido en enero de 2022), también uno de los fundadores del Centro de Estudios Históricos y Geográficos de Tinogasta, fundado un 2 de Septiembre de 1994, y que había decido alejarse del prestigioso Centro, debido a que no convalidó el cambio de postura y pensamiento que sus colegas habían expresado después de varios años, en que sostenían de manera conjunta, que Tinogasta celebraba su Fundación cada 14 de Agosto, a pronunciarse por la Demarcación.
Según supo explicarme el profesor, los argumentos fueron que, a través de nuevos análisis basados en documentación puesta a una revisión, les modificó el criterio de aquello inicial de una categórica Fundación a el término Demarcación.
Así es que se habría generado este debate, por lo que, en este presente, trate de profundizar un poco más sobre la base de lo comentado e investigado por el profe, por lo que encontré que el término ‘Demarcación’, tomado de la Real Academia Española o diccionarios de cualquier Editorial, significa: Acción de delimitar, delinear, señalar espacios, separar, cercar un lugar, amojonar, etc. En cambio, “Fundar”, para la misma Academia, quiere decir: Instituir un Mayorazgo, una obra pía (establecidas durante el periodo colonial, generalmente estaban dotadas con algunos bienes raíces dispuestos por su fundador), establecer, crear, edificar materialmente una ciudad, etc.-
Aquí ya encontramos una parte interesante de la postura y diferencia a ir tomando en cuenta. Precisamente la que sostenía el Profesor Héctor, que en esas invitaciones a su casa que accedí con gusto, me fui interiorizando más, en las que era su intensión contarme y mostrarme toda la documentación que avalaban su teoría o lógica razón de que Tinogasta fue Fundada el 14 de Agosto de 1713, separándose, como manifesté, de quienes habían sido sus compañeros del Centro, por haber cambiado de parecer, con argumentos que a su entender, poco e insuficientes en su solidez histórica. Junto a él, estaban unidos en ese criterio, su esposa Vilma de Rodríguez, Héctor Carcas, y el reconocido Maestro Carlos Tello.
Antes de continuar, aclaro que no estoy tratando de dar una clase de historia, porque no me corresponde, no tengo la cara tan dura, y porque con estos nombres que recordé que formaron parte de las investigaciones, no menos podría faltarles el respecto a lo realizado por todos ellos. Simplemente, mi deseo es sumar datos para el esclarecimiento de quienes como quién suscribe, les interesa definir de una vez esta situación, que no sé cómo vino a modificar algo que ya se tenía por definido, “La Fundación”.
Entonces, me voy a referir a ciertos puntos que me hacen pensar con mayor certeza, que aquel 14 de Agosto de 1713, tras la demarcación realizada, que lo que consecuentemente le siguió a ello fue la Fundación de Tinogasta, la que fue obra del Teniente Esteban de Nieva y Castilla, cumpliendo una orden de la Corona Española, donde para ello confeccionó el Acta o Auto de Fundación, que en todos los actos oficiales se lee solamente una parte, que en el Título Tercero de “las Reducciones de Pueblos de Indios”, es clara al decir que los Indios debían ser reducidos a poblaciones. Pues bien, que significa ¿Poblar?: “Fundar una o más poblaciones”.
Seguramente se preguntarán, ¿cómo que solo se lee una parte del Auto o Acta de Fundación en los Actos?. Así es, sí, solo una parte. Entendí que se hace (me toco particularmente leerla como locutor) para ahorrar tiempo, por lo que me tomaré unos instantes para transcribirla de manera completa a continuación:
“AUTO DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 1713”
En la Ciudad de san Fernando del Valle de Catamarca, a 14 de Agosto de 1.713 el Maestre de Campo D. Esteban de Nieva y Castilla, Lugar Teniente Gobernador de ella y su jurisdicción, habiendo visto las ordenanzas de esta Provincia, que están copiadas en el Libro I de la fundación de esta ciudad y las leyes recopiladas en el Libro VI Título III sobre la materia de pueblos y reducciones de indios, para el mejor cumplimiento de la Real Voluntad copié la Ley 7 de dicho título y libro que dice:
“Los sitios en los que se han de Fundar los pueblos y reducciones tengan comodidad de aguas, tierras y montes, entradas y salidas y un ejido de una legua de largo donde los indios puedan tener sus ganados sin que se revuelvan con otras de españoles. Mando que en las reducciones de indios haya un pedazo de ejido de media legua más o menos conforme a la cantidad de indios, y este ejido sea junto a su pueblo y si no tuviera pasto los más cerca que sea posible. En cuya conformidad mando que el Cacique Don Miguel Chanampa y sus sujetos sean amparados en su pueblo y tierras de Tinogasta y atento a que por los padrones que se hizo el año 1.709 consta que residían solo 15 indios tributarios…
(ahora lo que más se lee siempre) …Me ha parecido conveniente declarar que el pueblo de Tinogasta que está sobre el Río Grande que baja del Abaucán tenga Media Legua de Tierras a todos los vientos, cogiendo por centro la Iglesia de dicho Pueblo y si por estar el Río de por medio, los Indios quisieran la Media Legua del Oriente, la podrán coger a la parte del poniente y a la Parte del Norte, desde la boca toma de su acequia, sin embargo que hay más de la legua, respecto de la servidumbre que tienen y puedan tener, labrando las tierras con dicha acequia y agua y una Legua de ejido a la parte que les fuera de mayor utilidad… y de los Mojones que se han de poner no haya ni pueda haber población de españoles en una legua de distancia por los daños que pudieran recibir los Indios en sus sementeras y ganado”.
Como leerán, el Acta de Fundación habla de Fundación y no de Demarcación.
Tampoco puedo dejar de mencionar y destacar que, en el mes de Abril de 1.980, los miembros de la Junta de Estudios Históricos de Catamarca, creada hace más de 80 años, refrendaron el Dictamen de uno de sus miembros, el Lic. Gerardo Pérez Fuentes (fallecido), donde, tras investigaciones de los historiadores que lo conformaban aquellos años, llegaron a la conclusión que Tinogasta se la debía Considerar Fundada el 14 de Agosto de 1.713.
Aquí, aparece otro término que fue interpretado por algunos miembros integrantes del C.E.H.G.T., como revelador, “Considerar”. Entonces, recurro nuevamente al Diccionario, y su significado es: “Juzgar, Creer, Estimar”, o también “Considerar un asunto en todos sus aspectos”. Es decir, Consideraron que de todo lo recabado, no les dejó dudas de que Tinogasta, aquel 14 de Agosto de 1.713, en lo que se realizó correspondió a pasos previos y posteriores hacia el acto final de Fundación.
LA FUNDACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
Se suma ese mismo año 1.980, un mes después de ese Dictamen de la Junta de Estudios Históricos de La Provincia, precisamente en Junio (1980), lo resuelto por el entonces Gobernador de Catamarca, Comodoro (en retiro) Oscar María Bárcena, quién habiendo sido asesorado y realizado las consultas pertinentes sobre el caso Tinogasta (Fundación o Demarcación), firmó un Decreto con Letra “G” Nº 883/80, y a su vez, lo Publicó en el Boletín Oficial hasta hoy totalmente válido, Resolvió que: “Art. 1: Declarar fecha de la Fundación de la Ciudad de Tinogasta el día 14 de Agosto de 1.713”.
En este sentido, vale agregar una importante leyenda que están impresas en todos los boletines oficiales de nuestro País, que refiere: “Los Documentos Oficiales publicados en el Boletín Oficial de La Provincia, serán tenidos por auténticos y obligatorios, al solo hecho de la publicación. Ningún funcionario o empleado de la provincia podrá alegar ignorancia de una Ley, Decreto o Resolución oficiales publicados en el Boletín Oficial, aunque no haya recibido la comunicación de práctica”. (Documento de fecha 22/08/1933).
Esta publicación del Decreto Ley, fue inclusive reafirmada al mes siguiente, en el Boletín Oficial y Judicial Nº 60/80 del 25 de Julio de 1.980, con alrededor de 600 ejemplares, donde se imprimió, además, el Decreto “G” Nº 883/1980. En esa tirada lo allí publicado reza: “PODER EJECUTIVO: Declárese fecha de la Fundación de la Ciudad de Tinogasta, el día 14 de agosto de 1.713, en base a antecedentes históricos”.
Lo que sigo interpretando y talvez ustedes estimados lectores, es que NO se puede seguir diciendo “Demarcación”. Voy reafirmando, que la Demarcación, tal cual su palabra lo dice y con los significados puestos en párrafos anteriores, fue uno de los primeros pasos o acciones realizadas en lo que hoy es la Ciudad de Tinogasta. Se demarcó primero, con ramas, palos, amojonamientos, o con los elementos que se hayan contado para cumplir con esa orden; delimitaron los espacios con los que contarían después los índios, y españoles, para posteriormente, y en el intento de distribuirlos pacíficamente, si se quiere, establecer lo que sería a partir de esa acción, un pueblo, que nacía, se fundaba con sus reglas y comportamientos a cumplir por sus habitantes, que de a poco tomaron sus formas y definiciones más específicas como comunidad. Estas, además, son reafirmadas con la llegada del Presbítero Alejandrino Zenteno en el año 1.848, con la misión de Visitador Eclesiástico, arriba para llevar adelante nuevos propósitos para la Villa de Tinogasta.
PRESBÍTERO ALEJANDRINO ZENTENO
Sobre este cura visitador, reconocido por la Junta de Estudios Históricos de Catamarca a través de una biografía escrita por otro de sus miembros respetadísimo, el Presbítero Ramón Rosa Olmos, quién sobre Zenteno dice: “…Se lo puede considerar al Pbro. Zenteno, como el Fundador de la moderna Villa de Tinogasta, ya que a fines de Abril de 1848, prosiguiendo su visita general llegó hasta ese pueblo al comprobar que la Iglesia parroquial se encontraba arruinada y desmantelada, obtuvo de los naturales sitio para una nueva iglesia, para la plaza y ocho cuadras más para que loteados y vendidos sus sitios pudiera atenderse la construcción del nuevo templo del señor…”.
Con esto señalado, logro entender que la acción fundacional o la palabra “Fundación”, siempre estuvo presente como este, otro acto categórico más sobre hechos históricos concretos que marcaron a Tinogasta.
No olvidemos que, en nuestro Departamento, hubo otros actos fundacionales como los de Fiambalá, el día 2 de Diciembre de 1.733; Distrito de Salado, Sur de la Jurisdicción tinogasteña, el día 20 de Septiembre de 1.770, y Palo Blanco, el 24 de Septiembre de 1.808, y resulta que la cabecera del Departamento para algunos investigadores, profesores y docentes, Tinogasta habría sido solamente demarcada con los palos, ramas, retamas, y todo aquello que hubiese a mano, pero No Fundada, olvidada por descuidos la formalidad de los pasos que inmediatamente después de esas marcaciones y divisiones hechas, se conformarían los demás actos que constituían la Fundación, por lo ya expresado. ¿no es lógico?.
Para finalizar, me quedaría decir que verdaderamente en mi humilde razonamiento, está más firme mi convicción sobre lo que celebramos cada 14 de Agosto. Indudablemente como refirió el Prof. Héctor Hugo Rodríguez en vida y dejó asentado en su libro, que el resultado de lo que investigó, consultó, de la documentación que acumuló de diferentes lugares oficiales que guardan datos de la Historia de Catamarca, o cómo así, las demás circunstancias aquí expuestas, que sin temor a dudas en los años ya transcurridos, no caben más interpretaciones buscadas para negar que, y con respeto a nuestra Historia, el 14 de Agosto de 1.713 es el día de “LA FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE TINOGASTA”.
Por Carlos Daniel Goldman
Sugiero leer: “Reflexiones Referentes a La Fundación de Tinogasta 14 de Agosto de 1713”, publicado en Enero del 2020, del autor: Prof. Héctor Hugo Rodríguez.