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Más ajustes castigan a los Jubilados: Recién en Julio se ajustarán sus haberes por inflación

La decisión se traduce en más licuadora sobre el sector más vulnerable y corazón del ajuste.

El gobierno de Javier Milei dispuso modificar por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la fórmula de movilidad jubilatoria, estableciendo que los haberes se actualizarán por inflación recién en julio y no en abril, como había anunciado.

La decisión se traduce en más licuadora sobre el sector más vulnerable y corazón del ajuste. El decreto indica que, en los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5%.

«Tomamos el toro por las astas, lo sacamos por DNU y a partir de ahora se ajusta mensualmente. El próximo ajuste les hubiera correspondido en junio. Desde abril se ajusta todos los meses», había celebrado en las últimas horas de este domingo el ministro de Economía, Luis Caputo, en LN+.

Los cambios en la movilidad jubilatoria quedaron oficializados a través del decreto 274/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que establece que las prestaciones se actualizarán mensualmente por inflación a través del IPC oficial y determinó que «en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario».

A pesar de que la Oficina del Presidente había publicado este viernes que las jubilaciones aumentarían por inflación a partir de abril, el Gobierno especificó en el DNU que la primera actualización en base a la movilidad dispuesta «se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024».

De cara a los meses que quedan hasta la aplicación de la modificación, el Ejecutivo dispuso que «a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente».

Teniendo en cuenta que la próxima actualización de haberes por ley corresponde a junio, y a raíz de que «la gravedad de la crisis que enfrentan los adultos mayores hace que ellos no puedan aguardar hasta el mes de junio del corriente año para ver incrementados sus haberes», se dispuso que «a partir del mes de abril del corriente año se concederán adelantos incrementales, equivalentes al Índice de Precios al Consumidor, a cuenta del porcentaje que determine la aplicación de la movilidad prevista por la Ley N°27.609, de modo que la transición de uno a otro régimen de movilidad no implique padecimiento alguno para los adultos mayores».

En este sentido, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorgará en abril «un incremento extraordinario equivalente al 12,5 % sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024» y además «un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241».

A su vez, los jubilados percibirán «en mayo de 2024, un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241», mientras que cobrarán «en junio de 2024, un incremento, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241».

En el decreto se aclaró que los incrementos dispuestos «serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente», precisando que «una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido».

Asimismo, el Ejecutivo explicó que «en caso de que estos superen el aumento calculado según la fórmula mencionada en el primer párrafo de este artículo, no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante».

Las explicaciones del Gobierno

El Ejecutivo argumentó en el DNU que cambiaron la fórmula para «garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación».

A partir de dicha premisa, el Ejecutivo consideró que «es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)».

Al mismo tiempo, el Gobierno justificó el cambio por DNU en que «la urgente necesidad de modificar la fórmula jubilatoria a los efectos de lograr mantener el estándar de vida de los adultos mayores y evitar que continúen perdiendo poder adquisitivo y el inminente inicio del mes de abril, cuyo transcurso dificultaría el debido empalme de fórmulas dan cuenta de las circunstancias excepcionales que exigen el dictado del presente decreto».

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