Elecciones 2023: ¿Qué actividades se prohíben en la veda electoral?
Estamos a horas de cumplir con nuestra obligación de ciudadanos y en estos 40 años de Democracia restituida en la Argentina, a Votar en las elecciones de este domingo, las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para definir a los candidatos de las generales de Octubre.
¿Cuándo empieza la famosa veda electoral, y qué actividades por qué periodos quedan prohibidos?
Carolina Miranda, secretaria del Juzgado Electoral y de Minas en Catamarca, dijo que “a partir de las 8.00 del viernes hasta las 21.00 del 13 de agosto entramos en una veda electoral”. Recalcó que Catamarca está adherida al cronograma nacional electoral “en el cual se llevan a cabo determinadas etapas para lo que va a ser el proceso electoral tanto para lo que va a ser el proceso electoral tanto de las elecciones primarias como de las generales”.
La veda dura “48 horas antes del inicio del comicios donde hay una serie de prohibiciones”.
“El Juzgado Electoral con competencia federal ya emitió un comunicado de cuáles son las actividades que están prohibidas en el desarrollo de esas 48 horas y son las que todo el mundo conoce”.
Miranda detalló: “El sábado hasta las 2.00 horas del día domingo, es decir en la madrugada, estarán abiertos los restoranes, las confiterías, los bares, shoppings, kioscos, y a partir de las 2.00 de la mañana del domingo hasta las 21 de ese mismo día estarán cerradas”.
Resaltó “la prohibición absoluta en ese tiempo de veda la venta o el expendio de bebidas alcohólicas. Eso para que lo tengan en cuenta los comerciantes, no se puede vender alcohol, porque habrá multas”.
Naturalmente, la veda engloba “otras actividades que no están permitidas como ser la habilitación de los boliches bailables, las peñas, los pubs, de los locales de espectáculos públicos o clubes, en si todo lo que tenga que ver con la apertura a un público masivo”. Muchos de estos lugares adelantaron su funcionamiento para jueves, viernes y domingo.
Además, Miranda agregó que “no se pueden realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados hasta incluso tres horas después de haberse cerrado los comicios” y que existe la excepción para aquellos eventos privados “que ya han tenido una autorización previa por la autoridad competente, que en este caso es el juzgado Federal con competencia electoral”.
También señaló que “en lo que respecta a los partidos políticos estos no podrán abrir sus organismos partidarios en un radio de 80 metros el lugar en que funcionan las mesas receptoras de votos, como así tampoco se podrán hacer ubicaciones de sondeos, estadísticas de cómo viene el acto eleccionario hasta incluso tres horas después del cierre del comicios”.
El juzgado Federal con competencia Electoral es quien se encarga de la operativa para lo que van a ser los comicios en sí, y por último Miranda comentó que son aproximadamente 360 mil catamarqueños los que están empadronados para sufragar.
Quienes no voten y no puedan acreditar ante las autoridades un argumento válido, no estarán habilitados para las generales de octubre.